José Simón Elarba Haddad: ¿Cuándo se incurre en un Delito contra la Salud Pública?

En qué consisten los Delitos contra la Salud Pública

Bien Jurídico Protegido | Tipos Delictivos | Jurisprudencia

Somos Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública

 

La salud pública es un bien jurídico, dirigido a proteger el bienestar colectivo de las personas independiente del individual de cada sujeto, que adquiere una dimensión social en virtud del mandato constitucional establecido en el Artículo 43.2 de la Constitución Española, que establece que “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto”.

También es posible encontrar referencias a este bien jurídico en la jurisprudencia, siendo interesante la que sobre el mismo realiza la STS 8090/2000, que sostiene que: “Es sabido que la salud pública, como tal, no constituye una entidad real de naturaleza biológica, sino una manera verbal de señalar un peligro no permitido dentro del orden social…”

Todos ellos tienen como denominador común el incidir de forma negativa sobre la colectividad, afectando a la salud pública, concepto éste que se conecta con la sociedad en su conjunto, y no con la salud individual de cada uno de sus miembros. (STS 6354/2004)

En este sentido, el Legislador considera fundamental su regulación, con el fin de garantizar unas condiciones mínimas de salubridad e higiene, para lo cual establece normas administrativas a aplicarse con carácter general a la mayoría de los casos y penales para los supuestos de mayor gravedad sobre los que deberá actuar la jurisdicción penal de forma excepcional en base al principio de “última ratio”, estas últimas en el Capítulo III del Título XVII, bajo la rúbrica «De los delitos contra la salud pública».

Se trata de delitos de peligro abstracto, lo que significa que persiguen que representan un riesgo potencial para la saludo o el bienestar colectivo, considerándose consumados con el mero riesgo o puesta en peligro, sin necesidad de haber alcanzado un resultado dañino. (Pej: Elaboración de alimentos nocivos para la salud que puedan producir una intoxicación alimentaria)

Confíe su caso a un equipo de Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública.
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Los Delitos Contra la Salud Pública En El Código Penal

Como Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública poseemos un profundo conocimiento de la ley

 

A lo largo del tiempo, como abogados especialistas en delitos contra la salud pública, asistimos a una evolución de nuestro ordenamiento en materia penal, que ha supuesto la creación de nuevos tipos penales, concretando conductas y describiendo con más exactitud comportamientos delictivos, conforme el natural avance de la ciencia legal. Sin embargo, esto no implica que conductas ahora precisamente diseñadas por el Legislador, al expandir los tipos, no estuvieran englobadas en la tipología anterior bajo la enunciación de conceptos penales más amplios.

Las conductas típicas perseguidas en el texto punitivo, van más allá de las encuadradas dentro de los delitos de tráfico de drogas, que alcanzan las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como sus precursores, castigando también conductas que pongan en riesgo este bien jurídico, vinculadas a elementos químicos, sustancias nocivas, alimentos, agua potable y medicamentos, entre otros…

En concreto, los nuevos delitos contra la salud pública se dividen ahora en cuatro apartados, bajo el mismo capítulo (el III, citado), y se corresponde con aquellas conductas que atentan contra la salud pública, bajo un primer apartado general, que trata de la elaboración de sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, y tres siguientes especiales, en tanto que se tipifican en ellos el despacho o expendición de medicamentos, los productos alimentarios (fraudes alimentarios en general, junto a los fraudes en los productos cárnicos), incluidas las aguas potables, y finalmente, los delitos denominados de narcotráfico.

En nuestro despacho de Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública, encontrará la seriedad y el profesionalismo que su caso necesita.

…Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto… Un Equipo de Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública

 

Tipos Delictivos

Capítulo III del Título XVII del Código Penal


 

En este sentido, el Código Penal en su Capítulo III del Título XVII, bajo la rúbrica «De los delitos contra la salud pública», castiga los siguientes tipos delictivos:
  Elaboración de sustancias nocivas para la salud o productos químicos que pueden causar estragos (Arts. 359 y 360)

  Despacho o expedición de medicamentos (Arts. 361 a 362 quater)

  Dopaje deportivo (Art. 362 quinquies)

  Fraudes alimentarios (Arts. 363, 364 y 365)

  Imprudencia punible sobre los delitos establecidos en los Arts. 359 a 365 (Art. 367)

  Tráfico de drogas, subtipos agravados y atenuados (Arts. 368 a 370)

  Tráfico de precursores de drogas y subtipo agravado (Art. 371)

  Actos preparatorios, reincidencia internacional, atemperación de la pena, decomiso, valor de la droga e imputación de pagos (Arts. 372 a 378)
«VER ARTS. 359 a 378 DEL CÓDIGO PENAL»
Nuestros Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública, poseen una amplia trayectoria como especialistas en la materia.

La Comisión por Imprudencia

sobre los delitos establecidos en los Arts. 359 a 365


 

A pesar de que con carácter general, nos encontramos ante delitos dolosos, los delitos relativos a la salud pública también se pueden cometer por imprudencia, lo que conlleva que aplique la pena inferior en grado. (Pej: En el caso de alimentos en mal estado, no se castiga únicamente a aquel que haya tenido intención de comercializarlos a sabiendas de su estado, sino también a quién lesione el bien jurídico mencionado, omitiendo su deber de diligencia o cuidado básico).

Son delitos dolosos. En el caso de los delitos relacionados con el comercio, contemplados en los arts. 359 a367 CP, también se castiga penalmente la imprudencia grave, un nivel de negligencia y descuido imperdonable, que no puede permitirse a una persona normal.

No deje pasar la oportunidad de que nuestros Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública estudien su caso, y le recomienden la mejor estrategia.
Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública

Despacho de Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública

 

Jurisprudencia Sobre Delitos contra la Salud Pública

Otra de las claves que deben dominar los Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública

 

STS 8461/2011 – ECLI:ES:TS:2011:8461 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 1115/2011
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: FRANCISCO MONTERDE FERRER
Nº Recurso: 2078/2010
Fecha: 17/11/2011
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tráfico de drogas de extrema gravedad: buque, organización; tentativa. Escuchas telefónicas. Secreto de actuaciones. Captación de IMEI o IMSI. Presunción de inocencia. Motivación de la pena. Error de hecho. Dilaciones indebidas. Proporcionalidad de pena.
STS 6066/1999 – ECLI:ES:TS:1999:6066 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 1397/1999
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: CARLOS GRANADOS PEREZ
Nº Recurso: 2043/1998
Fecha: 04/10/1999
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito contra la salud pública. Suministro de sustancias que generan riesgo para la salud de las personas a animales destinados al consumo humano. «Clembuterol».
STS 20999/1992 – ECLI:ES:TS:1992:20999 | «Descargar Sentencia»
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: ENRIQUE BACIGALUPO ZAPATER
Nº Recurso: 3654/1992
Fecha: 23/04/1992
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Aceite de Colza. Delito contra la salud pública.
STS 6354/2004 – ECLI:ES:TS:2004:6354 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 1207/2004
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
Nº Recurso: 235/2003
Fecha: 11/10/2004
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito contra la salud pública: elaboración y comercialización de productos nocivos para la salud, bajo la presentación de un medicamento contra la obesidad y adelgazante (art. 359 del C. penal). Principio «non bis in idem»: sanción administrativa. Estudio de los delitos contra la salud pública (Capítulo III del Título XVII del Libro Segundo del C. penal). Continuidad delictiva: improcedencia. Responsabilidad civil de aseguradoras: exclusión de aseguramiento del dolo, en términos generales, y del objeto pactado en el seguro.
Nuestra recomendación ante una situación como esta, es consultar sin demora, a un Despacho de Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud Pública, que acredite la experiencia y el profesionalismo, que su caso necesita.


Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas en Delitos contra la Salud PúblicaUna buena Defensa Penal comienza desde el primer día

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Abogado Acoso Laboral Sevilla

El derecho laboral en España, contempla una serie de derechos y obligaciones, que marcan el proceder legal, en caso de que, durante el normal desempeño de nuestras actividades profesionales, surjan inconvenientes que terminan por afectarnos.

En Sevilla, es común encontrar casos de Acoso Laboral que requieren de un abogado especializado, que pueda mediar en procura de una solución justa para las partes. 

Por ejemplo, un abogado especialista en acoso laboral en Sevilla, puede asesorar a una trabajadora que esté sufriendo en su puesto de trabajo, de acoso por parte de sus compañeros y de sus superiores, impidiéndole el normal desempeño de sus funciones.

Una situación de acoso laboral de este tipo, puede desembocar en una baja por ansiedad, llegando incluso a pasar por la instancia de un tribunal médico. A través de la intervención de un abogado, es posible no solo resolver su contrato, sino además una cuantiosa indemnización de caras a esa ruptura contractual.

Pero para que se logre hacer justicia, es muy importante que el trabajador sepa que tiene la obligación y el derecho de defender sus intereses. En este punto, además del reclamo legal tan necesario, se hace necesaria la ayuda psicológica, para que la afectación en la salud, no sea mayor.

Mobbing en Sevilla

Debes saber, que la responsabilidad del empresario, no solo se limita al hecho de pagar las nóminas, sino, además, de que, como trabajador, puedas desenvolverte en un puesto, en un ambiente profesional sano. Teniendo el deber de respetar nuestra integridad moral y psíquica dentro del área de trabajo.

Para que se incurra en un caso de acoso laboral, deben cumplirse una serie de elementos. Entre ellos, que se trate de un hecho sistemático y en un periodo de tiempo prolongado. Que el acosador se valga de su condición jerárquica superior para abusar el empleado.

En el acoso laboral se busca afectar la moral del trabajador, ofreciéndole un trato hostil, de hostigamiento, fustiga, miedo, amedrentamiento, humillación y otros agravios, que terminan por afectar la salud mental de la víctima, y qué tanto, se ve obligado a buscar ayuda legal en materia de derecho laboral.

En caso de que un trabajador de cualquier empresa de Sevilla, sienta que están siendo vulnerados sus derechos, deberá poner en conocimiento de su jefe la situación y de no tomar medidas, este puede ser considerado como cómplice del acoso laboral.  

Luego, el trabajador afectado podrá contactar a un abogado, en procura de defender su integridad. El profesional del derecho laboral, analizará su caso, para estudiar las posibilidades y en el supuesto de que corresponda, dar inicio a la demanda por acoso laboral.

Compensaciones por Acoso laboral

En caso de quedar demostrada la presencia de una situación de acoso laboral, el abogado podrá solicitar una compensación por daños y perjuicios, así como también la extinción de contrato de trabajo con una indemnización.

En caso de que existan agravantes, además podrá exigir una condena penal, siempre y cuando el acosador sea un superior. De llegar a sufrir una enfermedad profesional que cause la incapacidad del trabajador, se podrá solicitar una pensión.

Si es tu caso o conoces a otros trabajadores en Sevilla que están siendo víctimas de acoso laboral, deben saber, que un abogado puede ayudarles a solventar su situación por más delicada que sea, y que no deben de sentirse solos, ya que cuentan con los profesionales del derecho laboral de Pérez y Bravo abogados.

El mejor consejo, es que sepas rodearte de asesoría calificada, para detener el acoso laboral y que seas debidamente compensando ante esta falta, que amenaza vuestro normal desenvolvimiento en el ámbito profesional en Sevilla y toda Andalucía.

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José Simón Elarba Haddad: La tendinitis es Enfermedad Profesional aunque no se realicen movimientos continuos en el puesto

En anteriores entradas de este Blog ya hemos visto como el hecho de que una Enfermedad Profesional esté o no en el catálogo no es relevante para su calificación como tal. Así, se entendió que la enfermedad del tunel carpiano era considerada como EP para las camareras de piso aunque no figurara en el catálogo.  … More La tendinitis es Enfermedad Profesional aunque no se realicen movimientos continuos en el puesto. Sentencia TS

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¿Cuándo se incurre en un Delito contra la Libertad Sexual?

En qué consisten los Delitos contra la Libertad Sexual

Consumación | Prevalimiento | Declaración y Actitud de la Víctima | Acceso carnal | Intimidación

Somos Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad Sexual

La libertad sexual, es un bien jurídico que el Legislador entiende, que debe ser protegido especial y específicamente, con el fin de dar amparo al ejercicio de la propia sexualidad y disposición del propio cuerpo. Es por ello, que a pesar de que ciertas conductas, que tienen lugar durante la comisión de esta clase de hechos, podrían encuadrarse dentro de otros delitos recogidos en el texto punitivo, la importancia de su carácter sexual, da lugar a una protección autónoma y con características propias. (Pej: El tipo de la agresión sexual es independiente, de la existencia de otros delitos violentos o intimidatorios, que suelen tener lugar durante el mismo, como sería el caso de una amenaza, por lo que aunque existe un precepto del Código Penal específico que podría aplicarse, esta va a ser perseguida de forma autónoma, encuadrada en el tipo de la agresión sexual al que estamos haciendo referencia).

Los tipos delictivos comprendidos en este capítulo del Código Penal son los siguientes:

■  Agresiones Sexuales

■  Abusos Sexuales

■  Acoso Sexual

Además de poseer un profundo conocimiento de la ley, como abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual, es clave dominar la jurisprudencia, la cual determina la interpretación de como deben ser aplicadas esas normas y va a repercutir en posteriores sentencias. En este sentido, vamos a analizar a continuación, el criterio doctrinal y jurisprudencial en materia de: consumación, prevalimiento, declaración y actitud de la víctima, acceso carnal, e intimidación, en el caso de delitos contra la libertad sexual.

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La Consumación en los Delitos contra la Libertad Sexual

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 3895/2015


Un ejemplo de las connotaciones propias de este tipo de delitos, es la consideración del grado de ejecución en el caso de penetración total o parcial, que adquiere una forma autónoma respecto de su apreciación en otro tipo de delitos.

Los abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual, debemos conocer, que aunque en la terminología médica se hable de intento de penetración, esta afirmación no equivale en el plano jurídico a tentativa de acceso, cuestión que la jurisprudencia considera especialmente en el caso de víctimas menores, donde la desproporción de los órganos, determina la inviabilidad de la penetración total.

En este sentido la STS de 24 de septiembre de 2015, mantiene que: «…para entender consumada la agresión , es suficiente tener acreditado el comienzo de la penetración en la cavidad anal, que como obra en la narración de hechos probados, le produjo un sangrado. Ello basta para configurar el elemento de la penetración exigido por el tipo penal que se aplica con independencia de que se hubiere introducido o no en forma plena, y que no se produjeran lesiones en dicha zona constituye consumación conforme a la jurisprudencia , siempre y cuando la conducta no consista en un mero tocamiento o roce, lo que no es el caso de autos, donde hubo un comienzo de penetración en la cavidad anal del menor , que provocó que sangrase, consecuencia , que no puede devenir de un mero roce en la cavidad anal…»

Teniendo en cuenta el criterio jurisprudencial mencionado, y en particular la sentencia reseñada, y siendo claro que no es precisa una penetración más o menos completa, sino un mero «inicio de penetración «, vemos como en el caso de delitos contra la libertad sexual, el juzgador en el plano jurídico va a valorar otros aspectos de los hechos sobre los que ha de decidir, lo que le llevará a no considerar el grado de ejecución del delito, en el estricto sentido de la apreciación pericial. (Pej: La jurisprudencia considera especialmente la existencia de elementos periféricos, tales como lesiones observadas en la zona referida, o el propio recuerdo objetivo de la víctima de la existencia de sangrado o dolor, e interpreta que no pueden devenir de un mero roce, ya que la existencia de sangre significa lesión…)

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…se ha exigido en estos delitos que la intimidación sea seria, previa, inmediata, grave y determinante del consentimiento forzado… Un Equipo de Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad Sexual

El Prevalimiento en los Delitos contra la Libertad Sexual

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 1550/2020


Otra cuestión que debemos dominar como abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual es la del tratamiento de las situaciones de prevalimiento, sobre las que en primer lugar, hemos de recordar que el Código Penal define el prevalimiento, como aquella situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima, con lo que se está expresando la doble exigencia de que exista una situación de superioridad y que ésta sea evidente y por tanto eficaz porque debe coartar efectivamente la libertad de la víctima, y como nota negativa, que lo separa de la intimidación, no tiene que haber un comportamiento coactivo que anule el consentimiento (ni mucho menos violento, aunque en nuestro casos también se aprecian episodios de esta naturaleza).

En definitiva, el prevalimiento por lo que hace a este tipo de delitos exige siempre ese abuso de superioridad del agente que, de hecho, limita la capacidad de decisión del sujeto pasivo que consiente viciadamente y acepta una relación sexual que no quiere.

Por el contrario, en el caso de intimidación no existe consentimiento de la víctima hay una ausencia de consentimiento, ésta se encuentra doblegada por la intimidación por el miedo que le provoca la actitud del agente.

Con respecto a los delitos contra la libertad sexual, que constituyen un específico ámbito de actuación del prevalimiento, esta Sala ha descrito el prevalimiento como el modus operandi a través del cual el agente obtiene el consentimiento viciado de la víctima en base a la concurrencia de tres elementos:

  Situación manifiesta de superioridad del agente.

  Que dicha situación influya de forma relevante coartando la capacidad de decidir de la víctima, y

  Que el agente, consciente de esa situación de superioridad y de los efectos inhibidores que en la libertad de decidir de la víctima produce, se prevalga, la ponga a su servicio y así obtener el consentimiento viciado de la víctima.

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La Declaración de la Víctima como Única Prueba de Cargo

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 2673/2019


A pesar de que actualmente, nuestro sistema jurídico permite que una sentencia condenatoria, tenga como único fundamento la declaración de la víctima, debemos conocer que el análisis valorativo de esa prueba cuando es la única o fundamental, debe ser especialmente cuidadoso. La exigencia de una fundamentación objetivamente racional, impide que la condena tenga como fundamento la creencia subjetiva de que el testigo no miente.

Precisamente para hacer posible esa indagación, la jurisprudencia ha identificado una serie de criterios o parámetros que hacen posible o facilitan ese análisis, en el bien entendido que no se trata de presupuestos que necesariamente deban estar presentes, ya que ello conduciría a una valoración tasada de la prueba, lo que no se compadece con el principio de libre valoración de la prueba establecido como regla general en el artículo 741 de la LECrim.

En este sentido, como abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual, se vuelve determinante, conocer el alcance de los mencionados criterios y como funcionan en el análisis del testimonio desde la perspectiva de su credibilidad subjetiva, de su credibilidad objetiva y de la persistencia en la incriminación.

Se trata de criterios orientativos que permiten exteriorizar el razonamiento judicial y que hacen posible que la credibilidad que se otorgue al testimonio de la víctima no descanse en un puro subjetivismo, ajeno a todo control externo, sino en criterios lógicos y racionales.

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La Actitud de la Víctima en el Delito de Violación

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 882/2020


La STS 882/2020 consideró necesario aclarar, que el agresor sexual no tiene legitimación alguna para actuar, sea cual sea el antecedente o la actitud de la víctima, la cual tiene libertad para vestir, o actuar como estime conveniente. Y ello, dentro de su arco de libertad para llevar a cabo la relación sexual cuando le parezca, y no cuando lo desee un agresor sexual, no pudiendo admitirse en modo alguno, que el agresor sexual se escude en una pretendida provocación previa de la víctima, para consumar la agresión sexual.

En ese sentido, la referida sentencia realiza también y entre otras, una serie de puntualizaciones, que pueden reforzar nuestra estrategia, como abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual:

  Si no existe el consentimiento, la libertad sexual de la víctima está por encima de las interpretaciones subjetivas que pueda llevar a cabo el agresor, ya que «no está legitimado para interpretar sobre la decisión de la mujer», sino a preguntar si desea tener relaciones sexuales y no forzarle directamente a tenerlas…

  No puede alegarse como excusa para tener acceso sexual de que es la víctima la que lo provoca por su forma de vestir o actuar. Esto último no puede manifestarse como «consentimiento», ya que vestir o actuar no equivalen al consentimiento que se exige para dar viabilidad a una relación sexual «consentida», como ha reiterado esta Sala.

  No existe el consentimiento presunto entendido por el agresor a instancia de la interpretación subjetiva del autor por la forma que vista o actúe la mujer.

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No dude en contactarnos para plantear su problema, y un miembro de nuestro equipo de Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad Sexual, responderá a todas sus consultas.

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Sobre el Acceso Carnal por Vía Vaginal, Anal o Bucal

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 2578/2006


Conforme a la inicial redacción que el Código Penal de 1995 dio a los arts. 179 (agresión sexual) y 182 (abuso sexual), en los que hacia referencia y distinguía entre «acceso carnal» y «penetración bucal o anal», se entendía que si el sujeto activo «se introducía voluntariamente el órgano genital, en este caso, del menor, estaríamos ante el tipo básico del art. 178 ó 181, pues el tipo cualificado solo podía cometerlo «el que penetraba», dando lugar a una amplia polémica, doctrinal y jurisprudencial.

Ahora bien el legislador, a partir de la reforma de la LO. 11/99 suprimió esa distinción para referirse ahora a «acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal», lo que permite ya defender la interpretación de que ese acceso carnal supone la introducción del órgano sexual masculino que puede realizarse en las cavidades que el tipo penal señala, vaginal, anal o bucal, rellenándose la tipicidad tanto cuando el sujeto activo realiza la conducta, esto es, cuando introduce el pene, en este caso, en la boca del menor, como cuando es la víctima la que es obligada a realizar la conducta contra su voluntad con violencia o intimidación (agresión sexual) o sin su consentimiento o con su consentimiento viciado (abuso sexual), introduciendo su órgano sexual en alguna de las cavidades típicas del sujeto activo.

La problemática abordada en este punto, evidencia que también es clave para los abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual, poseer un profundo conocimiento de la ley, y su evolución histórica.

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Tras años de ejercicio profesional, nuestro despacho de Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad Sexual, ha obtenido un reconocido prestigio en todo el territorio nacional.

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La Intimidación en los Delitos contra la Libertad Sexual

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | STS 12/2016


Durante nuestra trayectoria como abogados especialistas en delitos contra la libertad sexual, hemos asistido al intenso debate que se ha producido en la sociedad y también a nivel doctrinal y jurisprudencial, sobre la cuestión de la intimidación en este tipo de delitos.

La jurisprudencia ha entendido que la intimidación consiste en la amenaza de un mal, que no es imprescindible que sea inmediato ( STS nº 914/2008, de 22 de diciembre ), bastando que sea grave, futuro y verosímil, ( STS nº 355/2015, de 28 de mayo ). Mal, que en los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, se relaciona directamente por el autor con la pretensión de que la víctima acceda a participar en una determinada acción sexual pretendida por aquel, de modo que la concreción del mal se producirá si persiste en su negativa.

También se ha exigido en esos delitos que la intimidación sea seria, previa, inmediata, grave y determinante del consentimiento forzado.

Por otro lado, no se exige que sea una intimidación de tal grado que resulte en todo caso irresistible para la víctima, sino que es suficiente que, dadas las circunstancias concurrentes, resulte bastante para someter o suprimir su voluntad de resistencia. Así, hemos dicho que «… la violencia típica de este delito es la que haya sido idónea para impedir al sujeto pasivo actuar según su propia autodeterminación».

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Nuestros Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad Sexual poseen una amplia experiencia y han sido entrevistados en numerosas ocasiones por los medios de comunicación, como especialistas en la materia.


Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas en Delitos contra la Libertad SexualUna buena Defensa Penal comienza desde el primer día

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José Simón Elarba Haddad: ¿Cómo son los servicios de abogados en invalidez permanente?

Con el pasar de los años, la salud y la integridad física de una persona disminuye en mayor o menor medida, dependiendo de diversas variables, lo cual puede tener un impacto en la capacidad de la persona para continuar, o no, ejerciendo su profesión habitual, o cualquier actividad remunerada.

En Sevilla, así como en el resto de España, existe una pensión para aquellas personas cuyo estado de salud o condición física se ha deteriorado lo suficiente como para no poder generar un ingreso, ya sea durante un cierto período, o de manera permanente.

Un buen abogado puede ayudarle a obtener la pensión por invalidez permanente en cualquiera de sus grados: Parcial, total, absoluta o gran invalidez. Para ello se deben cumplir con una serie de requisitos comprobables, para lo cual resultará muy útil la asesoría profesional de su abogado de confianza.

¿Cuándo Considerar la Invalidez o Incapacidad?

Cualquier ciudadano/a español tiene derecho a optar por la pensión de invalidez o incapacidad siempre que esta no pueda desempeñar su profesión habitual, o cualquier otra, y que la razón de esto pueda ser comprobable de forma objetiva.

Las razones por las cuales una persona no puede continuar realizando una actividad remunerada dependerán de diversos factores. Por ejemplo, la persona podría sufrir una enfermedad, o esta podría haber sufrido un accidente (en su área laboral o no), el cual haya reducido su capacidad de realizar un trabajo parcial o totalmente.

Si usted o alguien cercano ha sufrido una reducción en sus condiciones de salud, y le resulta difícil o simplemente no lo es posible continuar ejerciendo su profesión habitual, o ningún otro trabajo para sostenerse económicamente, consulte con nuestros abogados laborales en Pérez y Bravo abogados.

Grados de Invalidez Permanente

La invalidez o incapacidad permanente se presenta en cuatro grados, dependiendo de las condiciones de la persona, y dicho grado representará el porcentaje de su base reguladora que recibirá, y si recibirá esta pensión de forma permanente o parcial.

Los grados de invalidez o incapacidad permanente son:

  • Invalidez Permanente Parcial

La invalidez permanente parcial podría resultar contradictoria en principio, pues es la única en la que la persona no recibirá una pensión de forma permanente. En lugar de ello, la persona con invalidez permanente parcial recibirá un ingreso único que consistirá de 24 mensualidades de la base reguladora.

Esta suele presentarse en casos de accidente laboral, en los cuales la persona puede volver a realizar sus labores, pero con una disminución de al menos 33% de desempeño.

  • Invalidez Permanente Total

Este grado de invalidez o incapacidad corresponde al de una persona que no pueda desempeñar de forma definitiva su profesión habitual. Es decir que una persona que presente invalidez permanente total podría desempeñarse en una actividad remunerada distinta a la profesión u oficio que desempeñaba.

La edad es una variable determinante para este grado, pues una persona cuya edad sea menor a los 55 años recibirá un 55% de su base reguladora, mientras que una persona mayor a los 55 años recibirá un 75% de su base reguladora.

  • Invalidez Permanente Absoluta

A diferencia del anterior grado de invalidez, una persona con invalidez permanente absoluta es aquella que no puede desempeñar ningún tipo de actividad laboral, ya sea su profesión habitual, ni ninguna otra actividad remunerada. 

Este tipo de invalidez recibe un 100% de la base reguladora, y estará exenta de retención de IRPF.

  • Gran Invalidez

Se considera un caso de gran invalidez cuando la persona necesita la asistencia de otra para desempeñar tareas de la vida diaria.

La gran invalidez recibe el mismo beneficio que la invalidez permanente absoluta, así como un complemento para la persona que asiste a la persona que recibe la pensión.

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¿Cómo pueden ayudarte nuestros abogados en invalidez permanente total?

La mayoría de las personas se desempeñan en una misma profesión durante el resto de su vida, ya sea porque se preparó académicamente para desenvolverse en esta área, o porque diversas circunstancias la llevaron a cierta actividad remunerada.

Sin embargo, en muchos casos, una persona puede comenzar a experimentar un deterioro de su salud, ya sea debido a un accidente (puede ser laboral o no), o por una enfermedad; lo cual afecta negativamente su rendimiento en su profesión habitual, o le imposibilita por completo la realización de esta.

El hecho de no poder desempeñarse en su profesión habitual representa un potencial deterioro en la calidad de vida en el nivel económico de una persona quien podría no volver a recibir una remuneración o mejor en un trabajo distinto al que se había dedicado habitualmente.

Para estos casos, la seguridad social presenta una opción conocida como invalidez o incapacidad permanente total, la cual puede representar una importante ayuda económica y para adaptarse a una transición profesional.

¿Qué es la Profesión Habitual?

Para poder entender la invalidez permanente total, y cuando esta aplica para la situación de una persona, es fundamental entender el concepto de profesión habitual, el cual determinará la viabilidad para la obtención de esta pensión.

Se entiende como profesión habitual, a la actividad remunerada en la que una persona se ha desempeñado durante un cierto período, el cual dependerá de la razón por la que se opte por la invalidez permanente total.

Existen dos formas de determinar la profesión habitual:

  • En caso de enfermedad

Si se considera la incapacidad permanente total en caso de que la persona no pueda continuar desempeñándose en una profesión u oficio debido a una enfermedad, entonces se considerará como profesión habitual aquella actividad remunerada que la persona desarrollaba en los últimos 12 meses antes de solicitar la pensión.

  • En caso de accidente

Por otro lado, si se considera este tipo de invalidez debido a que la persona ha sufrido un accidente, ya sea laboral o de otro tipo, se considerará como profesión habitual aquella que la persona ha desempeñado al momento de que haya ocurrido el accidente.

¿Qué es la Invalidez Permanente Total?

Una vez entendido lo que es la profesión habitual, se puede entender la invalidez permanente total como una situación de un trabajador por la cual presente reducciones anatómicas o funcionales graves que dificulten o imposibiliten el desempeño de algunas o todas las actividades remuneradas.

Entre los grados de invalidez permanente, la invalidez permanente total es aquella que se considera cuando dichas reducciones anatómicas o funcionales le impiden a una persona realizar tareas fundamentales para su profesión habitual.

Por ejemplo, una persona cuya profesión habitual haya sido atención al cliente y que debido a una enfermedad, operación o accidente no pueda permanecer muchas horas sentada, puede considerarse para la invalidez permanente total.

Aspectos a Considerar

A la hora de presentar ante el despacho de abogados que llevará el caso de invalidez permanente total, es importante tomar en cuenta las causas por las que una persona no puede desempeñarse en su profesión habitual, pues existe una diferencia en lo que se considera como profesión habitual.

Para aquellas personas que recurren a sus abogados para considerar la invalidez permanente total, se tomará como profesión habitual, aquella actividad remunerada en la que haya desempeñado continuamente por más tiempo, siempre que no haya estado en un nuevo trabajo por más de un año antes de solicitar esta pensión.

De igual forma, existe una diferencia en cuanto a la cantidad recibida dependiendo de la edad. Pues aquellas personas mayores de 55 años de edad recibirán un 75% de la base reguladora, mientras que aquellas menores de 55 años de edad, recibirán un 55% de la base reguladora.

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José Simón Elarba Haddad: La Prohibición de Aproximarse a la Víctima, Familiares u Otras Personas

Qué es una Orden de Alejamiento

Privación del derecho a residir o acudir a determinados lugares | Prohibición de aproximarse | Prohibición de comunicarse

Somos Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento

 

El Artículo 48 del Código Penal, regula una serie de penas configuradas como medidas de protección, cuya finalidad es evitar el riesgo de reiteración delictiva del condenado sobre la víctima (prevención especial negativa). Dada su importancia e impacto sobre la vida de las personas, como Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento, debemos dominar los diferentes tipos en los que se encuadran:

  Protección con respecto a lugares: La norma permite al juez o tribunal, imponer la privación del derecho del condenado, a residir en determinados lugares o acudir a ellos, impidiéndole personarse en el sitio en el que haya cometido el delito, o en aquel en el que resida la víctima o su familia, en el caso de que estos fueran distintos.

  Prohibición de aproximación: La prohibición de aproximarse, impide al penado acercarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, en cualquier lugar donde se encuentren, así como aproximarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro sitio que sea frecuentado por estos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil, hasta el total cumplimiento de esta pena.

  Prohibición de comunicación: La prohibición de comunicación, impide al condenado contactar con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, cuestión que alcanza el contacto escrito, verbal o visual, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático. (Pej: Enviar mensajes de whatsApp se considera un quebrantamiento de esta medida)

Confíe su caso a un equipo de Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento.
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La Obligatoriedad de Aplicar estas Medidas

Artículo 57 del Código Penal | Adopción facultativa u obligada

Despacho de Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento


 

Es importante conocer, que este tipo de penas se impondrán facultativamente en algunos casos, y obligatoriamente en otros.

Su aplicación será obligatoria, cuando se trate de delitos cometidos contra quien sea o haya sido cónyuge, o sobre persona que esté o haya estado ligada al condenado por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentren sometidas a su custodia o guarda en centros públicos o privados.

En cualquier caso, tanto en el supuesto en el que su adopción resulte facultativa, como cuando esta sea obligatoria para el juez o tribunal, tales penas solo podrán ser impuestas, en los delitos del listado establecido por el Legislador, en el Art. 57.1 del Código Penal, a saber: Homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico. Esta limitación alcanza también, a los casos de obligatoria imposición, previstos para los supuestos de violencia ejercida, sobre las personas mencionadas en el párrafo anterior.

Nuestros Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento, poseen una amplia trayectoria como especialistas en la materia.

…También podrán imponerse las prohibiciones establecidas en el artículo 48, por un periodo de tiempo que no excederá de seis meses, por la comisión de los delitos mencionados en el primer párrafo del apartado 1 de este artículo que tengan la consideración de delitos leves… (Artículo 57 del Código Penal) – Bufete de Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento

 

La Prohibición de Aproximarse a la Víctima En El Código Penal

Como Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento poseemos un profundo conocimiento de la ley

 

Artículo 48

 

1. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida.

2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.

3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.

4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.
En nuestro despacho de Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento, encontrará la seriedad y el profesionalismo que su caso necesita.
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Consulte hoy a nuestros Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento

 

Jurisprudencia Sobre Ordenes de Alejamiento

Otra de las claves que deben dominar los Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento

 

STS 448/2020 – ECLI:ES:TS:2020:448 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 47/2020
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
Nº Recurso: 1391/2018
Fecha: 11/02/2020
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de maltrato habitual. Violencia de género. Derecho de corrección. Individualización de la pena. Prohibición de acercamiento y comunicación.
STS 821/2018 – ECLI:ES:TS:2018:821 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 112/2018
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
Nº Recurso: 387/2017
Fecha: 12/03/2018
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Prohibición de acudir a determinados lugares. Sentencia de Pleno. Prohibición de acudir a las instalaciones de la red de Metropolitano de la ciudad de Barcelona.
STS 143/2018 – ECLI:ES:TS:2018:143 | «Descargar Sentencia»
Nº de Resolución: 44/2018
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
Nº Recurso: 10445/2017
Fecha: 25/01/2018
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Asesinato. Homicidio. Tutela judicial efectiva. Abuso de superioridad. Alevosía. Ensañamiento. Prohibición de residencia. Presunción de inocencia. Arrebato u obcecación. Individualización de la pena.
No deje pasar la oportunidad de que nuestros Abogados Especialistas en Ordenes de Alejamiento estudien su caso, y le recomienden la mejor estrategia.


Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas en Ordenes de AlejamientoUna buena Defensa Penal comienza desde el primer día

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Qué es la Teoría del Punto Sin Retorno | Delito de Apropiación Indebida

Qué es la Teoría del Punto Sin Retorno

STS 1973/2020 | Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | Delito de Apropiación Indebida | Fundamentos de Derecho del Tribunal


 

En el recurso que dio lugar a esta sentencia, la recurrente denuncia en su segundo motivo, la vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva e invoca que ha sido condenada por hechos prescritos, en referencia al tiempo transcurrido desde la recepción del dinero y la denuncia de los hechos. Arguye su interés afirmando que «la decisión judicial por la que se desestima una pretensión de prescripción del delito no puede limitarse a una simple verificación o cómputo del tiempo trascurrido desde la comisión del hecho delictivo en cuestión, ni a un mero cotejo de ese lapso temporal con el plazo de prescripción legalmente establecido, sino que, al afectar a los derechos fundamentales a la libertad y a la legalidad penal de quien invoca esta causa extintiva de la responsabilidad penal, debe contener un razonamiento expresivo de los elementos tomados en cuenta por el órgano judicial al interpretar las normas relativas a esta institución -que, por otra parte, distan mucho de ser diáfanas-, en el entendimiento de que esa interpretación debe estar presidida por la ratio legis o fin de protección de dichas normas».

El núcleo de la argumentación del recurrente es asumible y en ese sentido el tribunal de instancia da una respuesta acomodada a la pretensión deducida en el recurso. Basta con la lectura del fundamento tercero de la sentencia para comprobar que el tribunal de instancia ha asumido, y reproducido, la jurisprudencia de esta Sala sobre la prescripción en los delitos de apropiación indebida fijando el momento del inicio del cómputo de la prescripción, el dies a quo, en el denominado punto sin retorno.

La doctrina jurisprudencial exige para apreciar el delito de apropiación indebida, en su modalidad de distracción, que se haya superado lo que se denomina el «punto sin retorno», que distingue el mero uso indebido, una modalidad de apropiación de uso no delictiva, de la apropiación indebida en sentido propio ( STS 228/2012, de 28 de marzo). Como señala la STS 374/2008, de 24 de junio para entender que se ha consumado el delito de apropiación indebida en la modalidad de distracción de dinero «hace falta que se impida de forma definitiva la posibilidad de entregarlo o devolverlo, llegando la conducta ilícita a un punto sin retorno, hasta cuya llegada el sujeto podría devolver la cosa sin consecuencias penales». En el mismo sentido, la STS 513/2007 de 19 de junio, o la STS 938/98, de 8 de julio.
 

Qué es la Teoría del Punto Sin Retorno

Qué es la Teoría del Punto Sin Retorno | Delito de Apropiación Indebida

 

Desde esta perspectiva, es llano afirmar la correcta argumentación del tribunal de instancia en la determinación del momento a partir del que ha de situarse el dies a quo para el inicio del término de prescripción. La sentencia declara que la apropiación indebida se produce cuando se supera el llamado «punto sin retorno», y, en este caso, esa situación se produjo con el burofax remitido por la acusada el 3 de abril de 2008 manifestando que se negaba a restituir más importes. La fecha de incoación de la denuncia presentada es el 6 de abril de 2010, por lo que no ha transcurrido el plazo de tres años que de conformidad con el art. 131 del Código Penal, vigente al tiempo de los hechos, conforma la prescripción. La construcción dogmática del denominado «punto sin retorno» permite señalar, de forma definitiva, el momento de consumación del delito al determinar el momento en el que de forma definitiva se produce el apoderamiento de un bien patrimonial de forma definitiva y que clarifica la posibilidad de entregarlo o de devolverlo, pues hasta ese momento ha existido la posibilidad de devolverlo (por todas STS 643/2018, de 13 de diciembre). Las anteriores fechas en las que la acusada había recibido el dinero en virtud de la autorización para esa recepción no suponen la comisión del delito de apropiación indebida, pues para esa recepción actuaba las facultades de representación que la autorizaba. El delito se consuma cuando, recibidas para su entrega a su mandante cuyos intereses gestiona, niega haberlas recibido o se niega a darles el destino convenido, lo que se produce en la fecha en que así lo manifiesta en el correo…«DESCARGAR SENTENCIA COMPLETA»
 


Palladino Pellón – Abogados Penalistas | Qué es la Teoría del Punto Sin Retorno | Delito de Apropiación Indebida

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José Simón Elarba Haddad: Provocar al trabajador para que comenta un ilícito laboral no es causa de despido

Leyendo esta sentencia, que en seguida comentaré, me he sentido como en una de esas películas de EEUU en las que los policías intentan que se les ofrezca droga sin pedirla ellos al supuesto “traficante”, porque si la piden ellos, el arresto no se sostendría en los Tribunales. De hecho, recuerdo como, marcado por estas … More Provocar al trabajador para que comenta un ilícito laboral no es causa de despido. Sentencia del Tribunal Supremo

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¿Sufres una incapacidad permanente parcial? ¡Descúbrelo en este artículo!

Las circunstancias y eventos que se suscitan en la vida diaria son muchas veces imprevistas, y en muchos casos, pueden cambiar parcial o completamente el ritmo y estilo de vida de una persona, ya sea de forma temporal o permanente.

Particularmente en el área laboral, el desempeño de las tareas y actividades regulares, puede verse afectado o imposibilitado por un accidente o enfermedad que genere una reducción anatómica o funcional. En este punto, es fundamental contar con el servicio de abogados para incapacidad permanente parcial.

En estas situaciones, los ciudadanos españoles pueden solicitar una pensión a la seguridad social, la cual permita complementar los ingresos o el dinero perdido o gastado durante la recuperación tras una enfermedad o accidente que afecte a un(a) trabajador(a) durante un período determinado.

¿Qué es la Incapacidad Permanente Parcial?

La incapacidad o invalidez permanente existe en varios grados o tipos, dependiendo del grado de afectación de una persona en el área laboral. Es decir, el grado vendrá determinado de acuerdo a las posibilidades de una persona de continuar desempeñándose en una profesión particular u oficio.

El grado más leve es el de incapacidad permanente parcial, el cual es considerado cuando la capacidad de desempeñar las tareas de la profesión u oficio de un individuo se ven disminuidas, y puede ocurrir tanto por enfermedad como por un accidente, ya sea laboral o no (doméstico, de tránsito, etc.).

Este tipo de incapacidad podría resultar confusa o contradictoria en un principio, pues en su nombre se encuentran presente las palabras permanente y parcial. Es por ello que este tipo de incapacidad tiene la importante diferencia de que es la única que representará un ingreso único, en lugar de una pensión mensual.

Si se ha sufrido un accidente, o se ha experimentado una disminución en el desempeño de las tareas de una profesión, se puede recurrir al uso de abogados laborales profesionales, quien ayude a determinar la viabilidad de la incapacidad permanente parcial.

Condiciones de la Incapacidad Permanente Parcial

Se ha mencionado que a diferencia de los otros tipos de invalidez o incapacidad (total, absoluta y gran invalidez), la de grado parcial es recibe como un ingreso único, es decir, el trabajador(a) recibirá una indemnización.

Es importante tener en cuenta que la incapacidad permanente parcial no imposibilita la realización de tareas fundamentales de la profesión habitual de la persona que reciba esta indemnización, pero experimente una disminución en su rendimiento laboral no menor de un 33%.

Para poder solicitar la indemnización por incapacidad permanente parcial se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar de alta o asimilado/a la Seguridad Social
  • No haber alcanzado la edad de jubilación
  • Si se trata de una enfermedad común, se tiene que haber cotizado 1800 días dentro de los 10 años previos a la solicitud
  • Si el/la solicitante es menor de 21 años de edad en la fecha en la que sea realiza la solicitud, se debe acreditar que la persona ha trabajado al menos la mitad de los días desde que cumplió los 16 años de edad, hasta la fecha en que se produce la incapacidad permanente
  • Si el/la solicitante es trabajador(a) a tiempo parcial, se debe calcular el coeficiente de parcialidad para determinar si son susceptibles a recibir la indemnización

Algunos de estos requisitos podrían resultar confusos o difíciles de entender. Por ello, vale la pena recibir asesoría profesional de abogados con experiencia en incapacidad permanente parcial, quienes puedan ayudarle a entender estos requisitos, y determinar si usted los cumple.

Cobro de la Pensión por Incapacidad Permanente Parcial

Las personas cuya solicitud para incapacidad o invalidez permanente parcial haya sido aprobada, recibirán un ingreso único o indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora, es decir, se recibirá el equivalente a dos (2) años de lo que se haya cotizado hasta la fecha.

Si considera que aplica a este grado de incapacidad permanente, y que la indemnización correspondiente puede ser un soporte para el tratamiento de la enfermedad o accidente, no dude en consultar con un(a) abogado profesional, que le ayude a obtener su pensión por incapacidad permanente parcial.

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