Jose Simón Elarba Haddad - Accidente laboral.

José Simón Elarba Haddad: Abogados de accidente laboral en Sevilla

Esto es todo lo que debes saber sobre cómo contratar un abogado de accidente laboral en tierra sevillana, de la mano de Pérez y Bravo Abogados.

Los accidentes laborales, por lo general, ocurren en las empresas que no cuentan con las medidas de seguridad necesarias para proteger a sus trabajadores, aunque también ocurren por causa de trabajadores que han sido descuidados y no han seguido los parámetros de seguridad de esa empresa.

En cualquiera de los dos casos, cualquier empresa o empleado que se vea involucrado en esta situación, deberán apostar por los servicios de un abogado de accidente laboral en Sevilla, de esta manera podrán saber cuáles son las actuaciones que deben tomar en cuenta, qué es lo que está bien y qué está mal.

¿Qué hacer cuando tengo un accidente laboral?

Cuando ocurre un accidente laboral, lo primero que se le ocurre a cualquier persona que esté en el lugar es dirigirse rápidamente hasta un centro asistencial donde puedan atender a la persona que ha sufrido este tipo de accidente en la empresa. Lo siguiente que se tiene que hacer una vez que se haya atendido al paciente, es ubicar un profesional del derecho que pueda solucionar los temas legales devenidos de este incidente.

La parte legal es casi tan importante como la recuperación del paciente y el diagnóstico del médico tratante, porque gracias al abogado se logra que las personas puedan lograr la compensación que necesitan luego de haber sido víctimas de un accidente laboral.

El accidente laboral, como su propio nombre lo indica, es un accidente, una eventualidad fortuita que, por lo general, no pasa con todos, ni siquiera con la mayoría de los trabajadores. Sin embargo, cuando ocurre este tipo de incidentes, la empresa debe estar consciente en qué momento correr con los gastos y en qué momento no.

Responsabilidad del empleado en el accidente laboral

Lo primero que debe pasar cuando se defiende un tipo de pensión por accidente laboral, es analizar la responsabilidad del empleado dentro de la escena del accidente laboral. Una vez que se haya determinado la inocencia del trabajador dentro del accidente, se puede pasar al siguiente punto.

Sin embargo, si la persona que se ha accidentado, no ha seguido los protocolos de seguridad implementados por la compañía para la cual trabaja, entonces no tendrá posibilidad de recibir ningún tipo de indemnización por lo ocurrido.

Estos puntos el empleado los debe tener completamente claros, es por eso que es necesario hacer uso de un abogado que pueda poner en claro todos los puntos antes de solicitar la indemnización a la empresa.

Jose Simón Elarba Haddad - Accidente laboral.

Responsabilidad de la empresa en el accidente laboral

Este apartado es justamente lo contrario que explicamos anteriormente. La empresa tiene completa responsabilidad de responder ante lo ocurrido en el accidente laboral del trabajador cuando ha ocurrido por falta de cuidado por parte de la empresa.

Si la compañía no tiene ningún tipo de sistema de seguridad que pueda ser considerado formidable y por el cual el empleado haya tenido un accidente laboral, entonces la empresa se verá en la obligación de cancelar al empleado una indemnización por lo ocurrido.

En este caso, la empresa también necesitará un abogado de accidente laboral en Sevilla que pueda acordar los parámetros de respuesta ante esta situación, con el abogado que ha representado al empleado afectado con el accidente laboral.

Contratar expertos abogados de accidente laboral en Sevilla

Los abogados más expertos en este tipo de trámites, en definitiva son los abogados de accidentes laborales en Sevilla. En Pérez y Bravo Abogados conseguirás al mejor equipo de abogados de este estilo, que están dispuestos a ayudarte en todo momento a salir airoso de esta situación.

Los profesionales de Pérez y Bravo Abogados pueden ayudarte en cualquiera de los casos, ya sea que estés del lado del empleado, como del lado del empleador.

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Abogados de incapacidad permanente parcial en Almería

La oferta de abogados que manejen el tema de incapacidad permanente parcial en Almería es alta, así que la demanda de este tipo de abogados no será un problema si lo que buscas es rapidez al resolver este tipo de situación. Hoy, el portal de Pérez y Bravo Abogados nos informa acerca de todo lo que debemos saber para contar con abogados en este tema, dentro del territorio español.

Para realizar cualquier trámite que tenga que ver con incapacidad permanente parcial, necesitarás un abogado con experiencia en estos casos, ya sea que vayas a comenzar el proceso o bien que necesites conseguir asesoría al respecto, como los que te puede brindar en Pérez y Bravo Abogados.

Aplicables para incapacidad permanente parcial en Almería

Las personas que pueden ser beneficiarios de este tipo de pensión por incapacidad permanente parcial son aquellas que están incapacitadas para realizar al menos el 33% de las actividades propias de su lugar de trabajo.

Califican para ser acreedores de este tipo de pensión, las personas que no superan la edad de jubilación que son los 65 años. También se requiere haber completado una cantidad mínima de cotizaciones, sobre las cuales se podrá realizar el cálculo necesario para determinar el monto de la pensión.

Es necesario que la persona que opta por este tipo de pensión pueda justificar con diversos documentos e informes médicos, que su condición realmente amerita este tipo de pensión de incapacidad permanente parcial.

Profesionales para llevar a cabo el trámite

Para tomar este trámite, es necesario que las personas cuenten con la asistencia de un abogado experto en la materia, es por eso que los posibles acreedores de esta pensión deben buscar los mejores abogados de incapacidad permanente parcial en Almería para que puedan resolver este proceso.

Otro de los profesionales que son indispensables en el procedimiento de solicitud de esta pensión son los médicos. Es el profesional de medicina quien se encargará de determinar que en efecto la persona posee esta condición de incapacidad, además otorgará las pruebas necesarias para que sea fidedigna la información.

Sin el informe médico que detalle todo lo que padece la persona por lo cual se le presenta una incapacidad permanente parcial, no se puede avanzar en la solicitud de este tipo de pensión por incapacidad.

¿Qué necesita el médico para determinar la incapacidad permanente parcial?

El médico necesita hacer un análisis exhaustivo sobre la salud del paciente para determinar que, en efecto, la persona tiene una incapacidad parcial que no le permite hacer ciertas labores relacionadas con su trabajo cotidiano.

Para hacer esta revisión exhaustiva, el médico necesita tener un control estricto de varias sesiones de su paciente, con la intención de saber la evolución que ha tenido y determinar que lo más probable es que no haya más evolución después de cierto punto.

Una vez que ya se ha determinado que no existirá más evolución por parte del paciente y se han agotado todos los recursos posibles para que la persona pueda recuperar la movilidad y la destreza para volver a trabajar con normalidad, es cuando el médico procede a hacer el informe correspondiente con la explicación del diagnóstico.

Contrata los mejores profesionales de Almería

Los mejores abogados de incapacidad permanente parcial en Almería los puedes conseguir solamente en Pérez y Bravo Abogados, despacho que se encarga de hacer todo lo que esté a su alcance para hacer que tu solicitud sea aprobada por la seguridad social lo antes posible.

Los profesionales del derecho en Almería que laboran en el despacho de Pérez y Bravo Abogados cuentan con la experiencia y los conocimientos necesarios para ayudarte a hacerte de la pensión por concepto de incapacidad permanente parcial en Almería, en el menor tiempo posible.

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José Simón Elarba Haddad: Abogados de incapacidad permanente absoluta en Granada

La incapacidad permanente absoluta es una condición que impide los pacientes que la padecen no pueden llevar a cabo ninguna de las actividades cotidianas devenidas de su situación laboral, esto quiere decir, que tendrán problemas a la hora de ejercer su profesión o actividad comercial. 

Los abogados de incapacidad permanente absoluta en Granada tienen la responsabilidad de ayudar a las personas bajo estas condiciones, a conseguir una pensión por medio de la seguridad social, que les permita vivir adecuadamente, tomando en cuenta que no se encuentran aptos para trabajar.

¿Qué abarca la incapacidad permanente absoluta?

En otras entradas habíamos comentado que la incapacidad permanente absoluta es una condición en la que los pacientes se ven imposibilitados de realizar la totalidad de las actividades laborales que les corresponde.

Cuando un paciente es diagnosticado con una incapacidad permanente absoluta, no puede realizar ningún tipo de actividad laboral ni en su profesión de origen, ni en ninguna otra profesión en la que pueda generar ingresos económicos.

Esto último quiere decir que la persona ni siquiera tendrá la oportunidad de trabajar en cualquier otra área diferente al trabajo que venía realizando hasta ahora, lo cual representa un gran problema al no poder ingresar dinero.

Cuando se presenta ante la seguridad social una solicitud de pensión por incapacidad permanente absoluta, lo primero que se debe asegurar es que estén presentes todos los documentos pertinentes para lograr el respectivo sustento institucional.

¿Cuánto paga la seguridad social por este tipo de incapacidad?

La seguridad social suele pagar este tipo de incapacidad dependiendo del baremo de la base reguladora que le corresponda a la persona que haga la solicitud, esto quiere decir que para saber con exactitud cuánto será lo que la seguridad social va a cancelar, es necesario que el abogado de incapacidad permanente absoluta en Granada haga un balance sobre las características de cada caso, para obtener un estimado sobre lo que pagaría el instituto.

Para tener una idea más clara, esto va a depender de varios factores, entre ellos, el baremo de la base reguladora, que se calcula según la cantidad de cotizaciones que tenga la persona en la seguridad social, también dependerá del tiempo que tenga la persona trabajando en el área de trabajo.

Lo que paga la seguridad social por este tipo de incapacidad también depende del tipo de empresa para la que trabaja, o en el tipo de oficio que se desempeña, así como también depende del cargo que ha ocupado en la empresa donde se ha desempeñado durante el tiempo que ha estado laborando en dicha empresa.

Defensa para obtener incapacidad permanente absoluta

Es importante saber que se necesita de un abogado que pueda sacar adelante el proceso de defensa de la persona que necesita solicitar la incapacidad permanente absoluta. El abogado de incapacidad permanente absoluta en Granada que se encargará de llevar con éxito el caso debe estar consciente que tiene que presentarse ante el juzgado.

Una excelente defensa en el juzgado garantiza en todo momento que las personas puedan obtener su pensión correspondiente a la incapacidad permanente que presenten, es por eso que los abogados que se encarguen del caso, no solo deben tener conocimiento en el área, sino también harta experiencia, que les permita defender a sus clientes de la mejor manera posible.

Abogados que se encargan de tus requerimientos

En Pérez y Bravo Abogados puedes contar con un staff de abogados dispuestos a ayudarte en todo momento a solventar todo lo referente a la solicitud de incapacidad permanente absoluta en Granada y en otras comunidades de España.

En ese sentido, nuestros abogados ofrecen buen servicio, calidad, conocimiento, actualización constante y experiencia, la cual es muy importante a la hora de aspirar por este tipo de pensiones.

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Abogados de incapacidad permanente total cualificada en Córdoba

La incapacidad cualificada es aquel tipo de incapacidad en el que las personas que la padecen no pueden laborar en el tipo de trabajo que han venido realizando hasta ahora debido a que han sufrido algún tipo de accidente que les ha dejado incapacitado para hacer este tipo de labor.

Además, la persona tampoco pueden laborar en otro tipo de tarea porque no están calificados para hacerlo, ya sea que no hayan tenido estudios para realizar otro tipo de trabajo, o bien que no tengan ningún tipo de conocimiento ni certificación al respecto. Para esta clase de trámites, lo mejor será llamar a un abogado de incapacidad permanente total cualificada en Córdoba

Oferta de abogados especializados en Córdoba

En Córdoba en realidad hay un sinfín de abogados que pueden ayudarte a solventar estos problemas, sin embargo, en la mayoría de los casos, los mejores abogados especializados son los que puedes conseguir en Pérez y Bravo Abogados, porque cuentan con la mejor experiencia y los más amplios conocimientos al respecto.

Los abogados de incapacidad permanente parcial cualificada en Córdoba se pueden diferenciar según la experiencia y el ejercicio en la profesión que tienen. Por lo general, este tipo de abogados tiene gran experiencia en el área porque han manejado estos casos con mucha frecuencia, y las actualizaciones de la profesión se realizan regularmente.

En caso de que necesites conseguir un abogado de incapacidad permanente total cualificada en Córdoba, tienes que asegurarte que aquel que consigas cuente con la experiencia necesaria para ayudarte a sacar adelante este caso.

Honorarios profesionales de abogados en Córdoba

Por lo general los honorarios profesionales de los abogados se cobrarán conforme sea lo que se logre negociar con la seguridad social, es decir, que el profesional deberá cobrar un porcentaje determinado al principio de la negociación, que se aplicará a lo decidido por el organismo.

Este porcentaje se calculará y cancelará mensualmente por un tiempo determinado, hasta que quede saldada la deuda con el profesional que se encargó de llevar a cabo este caso. Ahora bien, otros abogados optan por cobrar sus honorarios profesionales completos y a través de un pago único.

La mayoría de los abogados de incapacidad permanente total cualificada en Córdoba, suelen cobrar de las dos maneras, es decir, una parte de sus servicios los cobran como un pago único y el resto en cuotas mensuales según un porcentaje determinado al principio de la negociación y calculado según el saldo final que disponga la seguridad social.

¿Cuándo necesitaré este tipo de abogado?

Por lo general, este tipo de abogados se necesita cuando llegó el momento de defender el caso ante un tribunal, sin embargo, lo más recomendable es acudir a un abogado antes de iniciar con todo el proceso, con la intención de que este profesional pueda tener conocimiento de todo lo que se ha hecho durante el proceso, para tener una mejor defensa ante el tribunal.

En definitiva, los abogados de incapacidad permanente total cualificada en Córdoba serán necesarios cuando necesites tramitar pensiones por incapacidad permanente total ante la seguridad social. Lo mejor de este tipo de abogados es que se encargan de cada detalle desde el principio y hasta el final del caso.

Garantías que me ofrece Pérez y Bravo Abogados

En Pérez y Bravo Abogados tendrás la posibilidad de conseguir la mayor cantidad de asesoría de expertos posible, lo que quiere decir que solo en este despacho de abogados tendrás la posibilidad de tener los mejores profesionales a tu disposición.

Años de experiencia nos avalan, y hacen que nuestros clientes se sientan realmente complacidos con todos nuestros servicios, además porque entienden que no será sencillo conseguir mejores ofertas en el mercado, además de la que podemos ofrecer en Pérez y Bravo Abogados.

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José Simón Elarba Haddad: Abogados de Gran invalidez en Málaga

En Málaga puedes conseguir los mejores abogados de gran invalidez para tramitar este tipo de incapacidades. En Pérez y Bravo Abogados te ofrecemos los mejores profesionales en esta área, que te pueden ayudar a resolver todo lo referente a la solicitud de pensión por gran invalidez en Málaga.

La gran invalidez es válida para las personas que no pueden desempeñarse en ningún tipo de trabajo porque tienen incapacidad funcional en todo el organismo. Por lo general las personas que tienen gran invalidez necesitan de las atenciones de otra persona que les ayude con todo lo referente a su mantenimiento personal.

Proceso para solicitar la gran invalidez

Para solicitar la gran invalidez, lo primero que tienes que hacer es buscar un abogado que pueda acompañarte en el proceso. En ese caso, una vez que ya has contratado los servicios del mejor abogado de gran invalidez en Málaga, por supuesto con la asesoría de Pérez y Bravo Abogados, es hora de comenzar a reunir los requisitos para solicitar la pensión.

Por lo general, se solicitan algunos documentos básicos tales como el documento del paciente, el certificado médico expedido por el galeno tratante, donde se explique toda la situación del paciente en cuestión, y otros documentos propios de cada sede de la seguridad social. Por lo general otro de los documentos solicitados es el total de cotizaciones que se ha realizado hasta ahora.

Además de ello, se necesita una planilla única de solicitud, estas planillas se pueden conseguir en la seguridad social. Esta solicitud se debe llenar de forma correcta para que pueda ser aceptada por el instituto.

En el caso de la solicitud por gran invalidez, se necesita consignar también los documentos correspondientes a la persona que cuida del paciente incapacitado, porque esta persona también debe recibir su pensión correspondiente, por concepto de cuidador de la persona con gran invalidez.

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¿Cuándo una persona padece de gran invalidez?

Se considera que una persona padece de gran invalidez cuando no se puede valer por sí misma en ninguna de las funciones propias de la vida, y necesita muy necesariamente de la ayuda constante de otra persona, que le ayude a llevar a cabo las funciones básicas de la vida diaria.

Por supuesto que, cuando se trata de gran invalidez, las personas se encuentran completamente incapacitadas para trabajar en cualquier tipo de labor, ya sea que requieran o no de algún tipo de esfuerzo físico.

Por lo general las personas que tienen una incapacidad de esta magnitud, es porque han sufrido enfermedades irreparables tales como Enfermedades Cerebrovasculares que les han impedido muchas funciones comunes del organismo.

Incluso, una persona puede solicitar la gran invalidez cuando ha quedado en estado vegetativo por estas mismas razones de enfermedades degenerativas.

Abogados expertos en Gran invalidez en Málaga

Los mejores abogados de gran invalidez en Málaga los puedes conseguir en Pérez y Bravo Abogados. Somos no solo expertos llevando a cabo este tipo de procesos, sino que también nos encargamos de escuchar y atender cada requerimiento de los clientes en cuanto a la solicitud de gran invalidez en Málaga.

Entendemos lo que representa la gran invalidez para una persona que ha estado acostumbrada a laborar y mantenerse por sí misma, es por eso que nos encargamos de conseguir la pensión más justa posible para que los pacientes que padecen de gran invalidez se puedan sentir útiles y productivos.

Hacer este tipo de trámites no debe ser un proceso traumático ni engorroso, pero eso depende solamente del tipo de abogado de gran invalidez en Málaga que escojas. Es por eso que Pérez y Bravo Abogados es tu mejor opción para ello. Hacemos que tu solicitud se haga efectiva de forma rápida y segura.

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Abogado de incapacidad permanente absoluta en Málaga

La incapacidad permanente absoluta es una condición en la que ninguna persona consciente de su trabajo quisiera estar, sin embargo, a veces las circunstancias de la vida ponen pruebas difíciles de superar. Lo más importante sobre este tipo de incapacidad es que logres conseguir un buen abogado que te ayude a conseguir esta pensión.

¿Quiénes califican para la incapacidad permanente absoluta en Málaga?

En Málaga, los trámites para hacer la respectiva solicitud de incapacidad permanente absoluta son los mismos que se requieren en todas las comunidades de España, sin embargo en este apartado te contaremos todas las características con las que debe cumplir una persona para poder ser beneficiario de una pensión por incapacidad permanente absoluta.

Las características que necesariamente tienen que cumplir las personas para calificar por la pensión de incapacidad permanente van desde no superar la edad de jubilación que es 65 años. Para ser calificado como candidato a la pensión por incapacidad permanente absoluta es necesario tener un período de cotización determinado en la seguridad social.

También podrán ser candidatos a la pensión por incapacidad permanente absoluta, aquellas personas que estén asimiladas en la seguridad social, lo que quiere decir que están inscritos, pero ya han sido dados de alta de esta institución.

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Requisitos para la incapacidad permanente absoluta en Málaga

Los requisitos para solicitar la incapacidad permanente en Málaga son muy similares, sino iguales que en el resto de las comunidades de España. Algunos de los requisitos pasan por la presentación del DNI de la persona que solicita la pensión, así como también un informe médico que asegure la condición del paciente.

Un abogado de incapacidad permanente absoluta en Málaga es el encargado de hacer toda la gestión y trámites de presentación de documentos ante el tribunal competente para solicitar la pensión correspondiente por concepto de este tipo de incapacidad. Así que será precisamente el abogado quien te dará las pautas necesarias para consignar los documentos.

Otros documentos que son necesarios para hacer la respectiva solicitud son el certificado médico que avale la condición actual del paciente por la cual no podrá trabajar más en ningún tipo de empleo, así como también será necesario presentar el índice de cotizaciones que ha reunido el paciente en todos los años que tenga incluido en la seguridad social.

Es importante que el paciente tenga consigo el documento que asegure que ya está asimilado de la institución previamente mencionada, porque de esta manera se podrá constatar que ya la persona está en condición legal para empezar a cobrar una pensión por incapacidad.

Pérez y Bravo para incapacidad permanente absoluta en Málaga

Para hacer todos los trámites para solicitar este tipo de pensión, deberás contar con la experiencia de los mejores abogados de incapacidad permanente absoluta en Málaga, y estos profesionales solo los puedes conseguir en Pérez y Bravo Abogados, porque tenemos toda la pericia y la experiencia que se requiere para sacar adelante este proceso.

Es necesario que como solicitante, puedas colocar toda tu confianza en un profesional del derecho comprometido a ayudarte a tramitar todo lo concerniente a la solicitud de incapacidad permanente absoluta en Málaga.

Antes de dejar estos trámites en manos de personas inexpertas, la mejor recomendación que podemos darte desde Pérez y Bravo Abogados, es que contrates lo antes posible nuestros servicios. Podemos asegurar que trabajaremos de tu mano para poder alcanzar el objetivo final que es conseguir la pensión correspondiente a tu tipo de incapacidad permanente.

Una de las cosas en las que te tienes que fijar a la hora de contratar un abogado de incapacidad permanente absoluta en Málaga es que se pueda comprometer contigo a trabajar desde el principio y hasta el final. Que cuente con toda la garra y experiencia para defenderte ante un tribunal, y eso es justamente lo que ofrecemos en Pérez y Bravo Abogados.

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José Simón Elarba Haddad: Abogado de incapacidad permanente total cualificada en Málaga

Hacer los trámites de incapacidad permanente total cualificada en Málaga no es tan difícil como parece; solo necesitas un buen abogado en quien puedas confiar y que, en definitiva, te apoye al momento de hacer los trámites necesarios para solicitar la incapacidad permanente total cualificada.

En este artículo te contaremos todo lo que tienes que saber sobre la incapacidad permanente total cualificada y la manera de sacarla en Málaga. Una de las cosas que tienes que saber sobre este trámite es que, en Málaga, necesitas de un abogado para completar todos los pasos.

¿De qué trata la incapacidad permanente total cualificada?

La incapacidad permanente total cualificada consiste en un tipo de incapacidad en el que la persona se encuentra incapacitada totalmente para continuar ejerciendo las labores que realizaba anteriormente en su trabajo.

Por el contrario, los profesionales que no pueden continuar ejerciendo su profesión u oficio como consecuencia de cualquier incapacidad, pueden seguir trabajando siempre y cuando lo hagan desde un tipo de empleo en el que no se implique el desgaste físico que pueda afectar a las condiciones por la incapacidad.

Características de la incapacidad permanente total cualificada

Algunas de las características a resaltar sobre la incapacidad permanente total cualificada es que no impide llevar a cabo otros trabajos fuera del oficio habitual. Los beneficios que te otorgan desde los entes competentes, es realmente una ayuda para vivir tranquilo mientras consigues otro trabajo fuera del oficio que ha sido hasta ahora el habitual.

Otra característica importante de esta incapacidad permanente es que debe ser reconocida por el instituto de la seguridad social una vez que es presentada ante el tribunal que se encarga de este tipo de casos, de lo contrario, no se procede a cancelar el pago correspondiente a la pensión por incapacidad permanente total cualificada.

¿Qué personas aplican para esta incapacidad?

Para este tipo de incapacidad aplican aquellas personas que han quedado completamente incapacitadas para continuar ejerciendo las funciones que realizaban antes y cualquier otra función relacionada con el trabajo habitual, así que ahora deberán buscar ingresos por otro tipo de empleo que no suponga un esfuerzo y desgaste físico y/o psicológico.

Para este tipo de incapacidad aplican las personas que son mayores de 55 años, pero menores de la edad de jubilación que es de 65 años. Aplican personas que por falta de estudios y preparación específica, no puedan conseguir trabajo en otros lugares además del que ya se ha dejado.

Cuando la persona es menor de 55 años, debe consignar algunos documentos que avalen su aporte a la seguridad social desde los 16 años de vida hasta el momento de ocurrido el accidente que ha dejado incapacitada a la persona.

Solo las personas que están inscritas en e la seguridad social y en situación de asimilados ante este organismo, son las que tienen la posibilidad de solicitar este tipo de incapacidad permanente.

Expertos en incapacidad permanente total cualificada en Málaga

En Pérez y Bravo Abogados te ofrecemos experiencia y capacidad para resolver problemas. Somos abogados expertos en incapacidad permanente total cualificada en Málaga. Somos una firma de abogados que acumula ya varios años de experiencia.

No solo tenemos experiencia, sino que también sabemos cómo llevar a cabo el proceso de incapacidad permanente total cualificada en Málaga. Tenemos toda la disposición de ayudar y trabajar de la mano con nuestros clientes para llevar a cabo el trámite de incapacidad permanente.

Nos encargamos de cada uno de los pasos para tramitar y conseguir la pensión por incapacidad permanente total cualificada en Málaga. Somos expertos defendiendo a nuestros clientes ante el tribunal cuando es el momento de consignar los documentos.

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Fecha de efectos del efectos de complemento de maternidad para los padres

Incrementa tu pensión entre un 5 a un 15%.
– Si eres padre con dos hijos o más
– Tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021
Puedes reclamar un incremento de entre el 5 y el 15% de tu pensión tras la sentencia del TJUE sobre el complemento de maternidad.
Si tienes dudas, en Pérez y Bravo Abogados estudiamos tu caso de forma gratuita.

Discrepancias en las fechas

Existe discrepancia sobre la fecha de reconocimiento de efectos económicos tras la reclamación del complemento de paternidad para padres de dos hijos o más que tiene una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad pues en la actualidad Tribunal Supremo no ha tenido ocasión de establecer un criterio común.

Como hemos explicado en un artículo anterior, los padres que tengan dos hijos o más tienen la posibilidad de reclamar el complemento de maternidad para las pensiones contributivas de la Seguridad Social, tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, que establecía una discriminación directa para los hombres en aplicación de la Directiva 79/7/CEE del Consejo.

Este complemento tiene una cuantía determinable, pues es el resultado de aplicar a la cuantía de la pensión inicialmente reconocida un porcentaje en función de la cantidad de hijos, biológicos o adoptados, anteriores al hecho causante de la propia pensión:

  • Un 5% si tiene 2 hijos
  • Un 10 % si tiene 3 hijos
  • Y un 15% si tiene 4 o más hijos).

Hay que tener en cuenta que si se modifica la cuantía de la pensión, por ejemplo por variar el grado de incapacidad permanente reconocido, también cambiaría la cuantía del complemento proporcionalmente. 

Concretamente, se deben reconocer a las pensiones de jubilación (incluidas las pensiones de jubilación anticipadas por causa no imputable al trabajador), las pensiones de incapacidad permanente y las pensiones de viudedad, cuyo hecho causante esté comprendido entre el 1 de enero de 2016 y 3 de febrero de 2021, siempre y cuando no haya prescrito.

  Así las cosas, observamos el primer párrafo del artículo 53.1 de la Ley General de la Seguridad Social que establece la prescripción para el reconocimiento de las prestaciones de 5 años a partir del día siguiente del hecho causante de la misma. En cuanto a lo que ahora nos interesa, la fecha de efectos económicos, la regulación viene establecida en el segundo párrafo del mencionado artículo, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Si el contenido económico de las prestaciones ya reconocidas resultara afectado con ocasión de solicitudes de revisión de las mismas, los efectos económicos de la nueva cuantía tendrán una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de presentación de dicha solicitud. Esta regla de retroactividad máxima no operará en los supuestos de rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos ni cuando de la revisión derive la obligación de reintegro de prestaciones indebidas a la que se refiere el artículo 55”.

El expresado artículo 53.1 Ley General de la Seguridad Social, nos ofrece dos soluciones distintas. Por un lado, una medida menos restrictiva, que supondría el reconocimiento de la fecha de efectos económicos del complemento de paternidad desde el principio de la percepción de la pensión que se trate. Sin embargo, para aplicar esta regulación, la jurisprudencia sobre error material, de hecho o aritmética más nutrida es la relativo a los procesos contenciosos-administrativo y podemos atender sucintamente a la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de julio de 2018, que recoge, a su vez, jurisprudencia de otras sentencias del Alto Tribunal y que expresa:

“(…) La más reciente de 15 de febrero de 2016 declara que «La jurisprudencia de esta Sala viene realizando una interpretación del error material que puede resumirse o compendiarse del siguiente modo: el error material o de hecho se caracteriza por ser ostensible, manifiesto e indiscutible, implicando, por sí solo, la evidencia del mismo, sin necesidad de mayores razonamientos, y exteriorizándose «prima facie» por su sola contemplación (frente al carácter de calificación jurídica, seguida de una declaración basada en ella, que ostenta el error de derecho) (…)”.

Es decir, que si el error se ve a simple vista sin necesidad de ninguna argumentación jurídica estaríamos ante un error de este tipo y, en consecuencia, se debe reconocer el complemento de la pensión desde el principio. Es posible sostener, que para la aportación demográfica al Sistema de la Seguridad Social o para dar hijos al sistema para que el día de mañana contribuyan con sus cotizaciones al mismo, fundamento del complemento objeto de estos artículos, hayan intervenido de igual manera el padre o la madre (o las dos madres o los dos padres, pues también atiende a hijos adoptados) y que es tan evidente la discriminación cometida por la norma que se trate de un error material o de hecho.

Sin embargo, estos y otros argumentos han tenido que ser esgrimidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por lo que lo más razonable es pensar que los Juzgados y Tribunales españoles no apliquen esta medida y, de hecho, así lo están sentenciando, entendiendo que son necesarios argumentos jurídicos para decidir esta cuestión.

La otra solución establecida en la normativa que hemos expresado, es la solución general, que es la medida que está siendo mayoritaria tanto en los Juzgados de lo Social como en los Tribunales Superiores de Justicia. Así las cosas, esta interpretación implica reconocer los efectos económicos del complemento de paternidad, una vez reconocido el mismo, con una retroactividad máxima de tres meses desde que se solicita el complemento ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. En consecuencia, mientras más tiempo se tarde en solicitar este complemento menos atrasos relativos al propio complemento de maternidad para padres se obtendrán.

Existe una solución intermedia, que es la aplicada por la Sentencia del Tribunal de Justicia del País Vasco de fecha 2 de marzo de 2021, mediante la cual establece como fecha de retroactividad máxima para los efectos económicos tras el reconocimiento del complemento de paternidad la fecha de publicación de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tantas veces mencionada –el 17 de febrero de 2020- y que ha dado origen a la reclamación de este complemento de maternidad para padres y ello, estableciendo una analogía en la aplicación del artículo 32.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (de aplicación supletoria a la Ley General de la Seguridad Social), cuyo tenor literal es:

La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea producirá efectos desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Diario Oficial de la Unión Europea», según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa”.

Es decir, unos efectos económicos retroactivos máximos para el complemento de paternidad desde el 17 de febrero de 2020 o desde la fecha de efectos económicos de la pensión de la que deriva el complemento, es decir, desde el principio de la pensión, si ésta es posterior al día en el que se publicó en el B.O.E. la sentencia europea.

En conclusión, existen diferentes posibilidades sobre el establecimiento de la fecha de efectos económicos del complemento de paternidad de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad, cuyo hecho causante está entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 para padres con dos o más hijos. Los pronunciamientos judiciales hasta la fecha van desde la publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hasta del propio reconocimiento de la pensión si su fecha es posterior y, pese a que podría argumentarse que se reconocieran unos efectos económicos anteriores, incluso desde enero de 2016 si en esa fecha fuera reconocida la pensión.

Lo cierto es que la mayoría de los pronunciamientos judiciales establecen el reconocimiento desde tres meses anteriores a su solicitud, por lo que no pierdas más el tiempo, ponte en manos de abogados especializados en la materia como el despacho Pérez y Bravo Abogados y, si tienes dos hijos o más y una pensión de jubilación, incapacidad permanente y viudedad reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 reclama el complemento de paternidad.

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Prestaciones con respecto a la incapacidad permanente

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Como ya te puedes imaginar, la incapacidad permanente es una condición que obliga al gobierno a otorgar una pensión determinada al trabajador que ha sido etiquetado con esta condición, y los montos pueden variar dependiendo de varios factores como la edad y el tiempo de trabajo.

Las prestaciones por incapacidad permanente también van a depender del tipo de incapacidad permanente que presente el paciente y trabajador afectado. En este artículo te contamos en detalle los montos de las prestaciones según cada caso de incapacidad permanente.

Grados de incapacidad permanente

El grado de incapacidad permanente determinará en todo momento el cálculo de prestaciones sociales que debe recibir el trabajador que sale beneficiado con la política de ayudas. Debes tomar en cuenta que el monto otorgado es a manera de ayuda y se relaciona con la cantidad de cotizaciones que acumulas hasta el momento de la obtención de la incapacidad permanente.

Para personas que se han declarado en incapacidad permanente parcial solo se otorgará un pago único que hace mención a 24 meses de la base reguladora sobre la que se calculó el subsidio. En el caso de la incapacidad permanente total, el pago es vitalicio y se cancela de forma mensual, pero solo se otorga si la persona adjudicada es menor de 60 años, es decir que se encuentra por debajo de la mínima edad jubilatoria.

La incapacidad permanente absoluta también se cancela de forma vitalicia y es sobre el 100% de la base reguladora. Cuando se trata de gran invalidez, se otorga un monto exactamente igual al de la incapacidad permanente absoluta, con un adicional para cubrir los gastos derivados de la persona que atiende al paciente bajo esta condición.

Si necesitas hacer este tipo de trámite, es importante que puedas conseguir un buen abogado de incapacidad permanente en Córdoba, son profesionales que con gusto podrán ayudarte a resolver temas administrativos como este.

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¿Cómo saber si califico para incapacidad permanente?

Antes de comenzar a hacer el trámite para recibir la pensión correspondiente según el tipo de incapacidad permanente que te hayan aplicado, debes saber si puedes ser candidato a recibir esta ayuda por parte del gobierno.

Para tener en claro los pasos a seguir para obtener la pensión por incapacidad permanente, debes solicitar la asesoría de un buen abogado especializado en esa área. El abogado de incapacidad permanente en Córdoba te ayudará a saber cuáles son las características que debes tener a tu favor para poder pedir la ayuda como trabajador incapacitado.

Por lo general se clasifica para recibir pensión por incapacidad permanente cuando se esté dentro del ranking etario que es por debajo de los 65 años o el período de jubilación. También se puede optar por esta pensión de incapacidad permanente cuando se haya cumplido el mínimo de cotizaciones en la seguridad social.

En dado caso es un especialista en el área del derecho el que puede hacer este tipo de trámites en todo el territorio nacional y para todo tipo de casos.

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Incapacidad permanente en Córdoba

En Córdoba puedes conseguir abogados especializados en incapacidad permanente que tomen tu caso y lo lleven hasta las últimas instancias que es el eventual cobro de una pensión por condición de incapacidad permanente.

Si estás en Córdoba y necesitas contratar los servicios de este tipo de abogados que se encarguen de tu caso, entonces no dudes ni un minuto en llamar a los especialistas que laboran en Pérez y Bravo Abogados, nuestro equipo de profesionales no solo tiene experiencia y conocimiento en este tipo de trámites, sino que también tienen toda la disposición de ayudarte a resolver tu condición laboral.

Los mejores abogados de incapacidad permanente en Córdoba, en definitiva los puedes conseguir en Pérez y Bravo Abogados.

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José Simón Elarba Haddad: ¿Cómo conseguir la pensión de incapacidad permanente?

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Para solicitar la incapacidad permanente por medio de la seguridad social, lo primero que tienes que hacer es buscar la asesoría de un abogado de incapacidad permanente en Málaga, en Pérez y Bravo Abogados, contamos con la capacidad para ayudarte a solventar este tipo de problemas, solo debes contactarnos y contarnos tu caso.

La incapacidad permanente es uno de los trámites para el que necesitas la asesoría de un buen abogado, que pueda explicarte cómo llevar a cabo el proceso y cuáles son los pasos a seguir para conseguir dicha pensión. Los abogados de incapacidad permanente en Málaga tienen la suficiente experiencia y conocimiento para ayudarte en esa empresa.

Presentar una incapacidad permanente

Antes de presentar una incapacidad permanente debes saber si estás dentro de los parámetros que se exige para hacer dicho trámite. Una de las características más importantes a tener en cuenta con respecto a este punto es que la persona incapacitada tenga una edad no mayor a 65 años que es la edad de jubilación.

Más allá de eso, el Instituto Nacional de Seguridad Social debe aceptar esa incapacidad permanente y reconocer que en realidad el trabajador no se encuentra en sus máximas capacidades para ejercer el cargo que por lo general desempeña. Una vez que eso paso, puede proseguir el proceso para solicitar la incapacidad permanente.

El postulante debe haber cumplido cierta cantidad de cotizaciones para poder ser candidato a recibir las prestaciones sociales correspondientes. A partir de la cantidad de cotizaciones en la seguridad social se podrá entonces calcular lo que le corresponde de pensión mensual según su aporte al organismo.

¿Me pueden rechazar una incapacidad permanente?

Por supuesto, es muy factible que te puedan rechazar una solicitud de incapacidad permanente si no cumples con todas las condiciones que exige el organismo de seguridad social para ofrecer una pensión por concepto de incapacidad permanente.

Antes de que rechacen tu solicitud de incapacidad permanente, debes estar atento a cada pequeño detalle, con la intención de entregar la documentación completa y cumplir con todos los requisitos etarios, condición física y estudios médicos que solicitan en el momento de presentar la solicitud de incapacidad permanente.

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Razones por las que me pueden rechazar una incapacidad permanente

Algunos de los motivos por los que suelen rechazar las solicitudes de incapacidad permanente, se detallarán a continuación y debes ser muy cuidadoso de que nada de esto te ocurra para que tu solicitud tenga validez y puedas seguir adelante en el proceso.

Si no existe ninguna limitación funcional, entonces la seguridad social no aceptará tu solicitud. Esto quiere decir que pese a que los diagnósticos sean correctos, la condición que alegas no es precisamente limitativa para desarrollar tu trabajo, y por ello, rechazan la petitoria.

Otra razón tiene que ver con que las posibilidades de recibir terapia para recuperar el funcionamiento del paciente no hayan sido agotadas. Es decir, que si la seguridad social considera que aún quedan alternativas por probar antes de determinar una verdadera incapacidad que no permite trabajar, entonces la solicitud no se aprueba.

Por eso, antes de hacer la solicitud debes contactar a los mejores abogados en incapacidad permanente de Málaga, que los puedes conseguir en Pérez y Bravo Asociados, de esta manera podrás ir seguro a hacer tu solicitud.

¿Puedo volver a solicitar una incapacidad permanente?

Al ver que te han rechazado la incapacidad permanente, o que no te han colocado el grado que necesitas según tu condición física, debes comenzar colocando una reclamación previa, en la que podrás dar más pruebas fidedignas de que tu condición física es aún peor de como le han valorado en el Instituto de Seguridad Social.

Este trámite es administrativo y se trata de solicitar al ente que reconsidere su posición al respecto. Lo más inteligente que puedes hacer en estos casos es solicitar la ayuda de algún abogado de incapacidad permanente en Málaga que pueda sacar adelante el proceso.

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